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JUDICIALES

Causa Marcelo Corazza: cómo sigue la investigación

El Abogado penalista Fernando Herrera explicó la situación del ex GH. Cómo se relaciona con la denuncia de Marley.

En las últimas horas trascendió que la denuncia que involucra a Marley se podría conectar a la causa por la que está detenido Marcelo Corazza. El juzgado federal a cargo de Ariel Lijo recibió este jueves la denuncia que había sido radicada en la provincia de Misiones contra el conductor televisivo Alejandro Wiebe por supuesta corrupción de menores. En la misma el denunciante asegura que fue testigo durante una fiesta en Pilar, hace más de 25 años, de cómo el conductor y Corazza tenían relaciones con menores de edad.

Desde la justicia de Oberá se habían contactado con el juzgado federal número 4 de los tribunales de Comodoro Py para chequear si una investigación allí radicada podía estar vinculada a la denuncia contra Marley. Finalmente, ayer, el juzgado federal de Lijo recibió la denuncia: el punto en común entre la causa que tramita en la Ciudad de Buenos Aires y la presentación hecha en Misiones es que el denunciante mencionó también a Corazza, primer ganador de la versión argentina del reality show Gran Hermano.

Según trascendió, el juez Lijo y el fiscal Carlos Rívolo ya aceptaron el expediente. Ahora deberán definir si las causas efectivamente están conectadas.

¿Cuál es la situación del primer ganador de Gran Hermano?

“Recordemos que Corazza había sido liberado luego de haber sido detenido y acusado en primer término por corrupción de menores. La acusación inicial había sido por asociación ilícita pero el juez le dictó una falta de mérito y lo liberó y quedó solamente imputado por el delito de corrupción de menores. En ese lapso de tiempo que recuperó la libertad se realizaron las pericias de los teléfonos secuestrados en el momento de su detención y en el momento que lo allanaron. De esas pericias derivó que haya prueba suficiente y, como dice el fiscal, abrumadora sobre la posible existencia del delito de trata de personas. Puede ser con fines de explotación sexual o con explotación consumada, eso se verá con lo que determinen las pruebas. Al ocurrir esta circunstancia lo que hizo el fiscal es pedirle al juez que se declare incompetente y que la cause quede radicada en Comodoro Py, es decir en la Justicia Federal. Justamente por tratarse el delito de trata de persona del Artículo 145 bis del Código Penal un delito que corresponde a la competencia estrictamente Federal”, explicó el Dr. Fernando Herrera, Abogado penalista, en Poné Noticias en Radio con Vos. Fue en este marco que salió sorteado el juez Lijo, a quien ahora le llegó el expediente de la denuncia en Misiones contra Marley y Corazza.

Para el especialista, Corazza seguirá detenido durante la investigación: “Más conociendo al Dr. Lijo como tramita normalmente este tipo de causas. Dicen que la prueba es abrumadora. Lo que no está definido es si en estas circunstancias delictivas por parte de Marcelo Corazza y esta asociación ilícita se consumó o no la explotación sexual. De todas maneras, la trata con fines de explotación sexual se consuma el delito por sí mismo, que si realmente se consumó respecto a los menores de edad eso es un agravante al delito de trata. Lo que en este caso todavía no estaríamos en juego de poder determinar si hubo o no explotación sexual. De todas maneras la propia finalidad de la captación de los menores configura el delito”.

¿Qué pena podría recibir el ex GH?Tenemos en penas con menores de edad de trata con fines de explotación sexual. Va a diferenciar o diferir la situación particular, pero puede ser de 10 a 15 años de prisión efectiva”, detalló el Dr. Herrera, para luego recordar que “esto está concursado con el delito de asociación ilícita y con el delito de corrupción de menores”, por lo que podría ser mayor.

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JUDICIALES

Dr. Jorge Frega, sobre sucesiones notariales y divorcios administrativos: “Es desproteger a la parte más vulnerable”

El presidente del Colegio de Abogados de Morón habló sobre los proyectos que quiere reflotar el ministro Sturzenegger.

En un regreso al espíritu original de la denominada Ley Ómnibus, el Gobierno quiere avanzar con una nueva etapa de desregulaciones. El ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, planea presentar dos proyectos de ley para que el Congreso Nacional debata el divorcio administrativo y las sucesiones notariales. En este marco, el presidente del Colegio de Abogados de Morón, Dr. Jorge Frega, habló con Rubén Suárez en Poné Noticias sobre lo que implicarían estos cambios, la importancia de la garantía del debido proceso, la realidad sobre los costos y plazos y qué cree que hay detrás de estas iniciativas.

A veces simplificar es quitar seguridad. Hace muchísimos años que tanto los divorcios como las sucesiones se hacen en el ámbito judicial y no es un capricho. Es básicamente darle seguridad a los herederos, en el caso de las sucesiones, y a los contrayentes, particularmente a la parte más vulnerable en una relación matrimonial. Para ellos se necesita la garantía del debido proceso; que le dé seguridad a aquel que sea vulnerable y justamente no sea abusado por aquel con mayor poder económico, con mayor facultad de convencimiento, que evite el trámite judicial, evite el abogado y lisa y llanamente aproveche su capacidad superior para perjudicar al otro. Para eso es la Justicia, para equilibrar derechos e intereses”, comenzó explicando el letrado, y agregó: “Esto ha sido así hace muchos años y nunca se pensó en modificarlo seriamente porque las garantías que da un proceso judicial, por más denostada que esté la Justicia, puedo asegurarles que son mucho mayores a la que puede dar un órgano administrativo o una actividad de orden privado como una sucesión frente a un notario, que no va a hacer más que cumplir con celebrar el acto sin controlar nada porque no es su función”.

En el caso específico de las sucesiones, el gobierno planea que las pacíficas puedan realizarse mediante la intervención de un escribano para “aliviar a la Justicia” y que sea un trámite más rápido y económico. “Pensemos que un proceso sucesorio se conoce como proceso universal. Si es universal se publican edictos para invitar a otros herederos que puedan desconocer la existencia del patrimonio o la muerte del causante. Entonces un grupito toma todas las decisiones y no le avisa a nadie”, expresó el Dr. Frega, quien además sostuvo que no va a ser un proceso “más barato”, ya que “al escribano hay que pagarle y el proceso notarial va a requerir una asistencia letrada”, ni tampoco más rápido: “En las sucesiones los hermanos son unidos hasta que hay un conflicto patrimonial. Siempre potencialmente hay un conflicto. Esto no es una fantasía, es lo que vemos habitualmente. No digo que la gente sea más o menos buena o mala, sino que hay muchos intereses y hay que estar atentos. Hay que tener un sistema que lo garantice. Si no hay ningún conflicto, una sucesión tarda muy poco tiempo. En apenas 6 meses puede haber inscripción. Si hay algún planteo, el escribano va a tener que pasarlo a sede judicial… y siempre potencialmente hay un planteo. Lo que parece una simplificación es nada más que un adelanto de problemas posteriores y una rejudicialización que se puede evitar si directamente se acude a la Justicia”.

Mientras que sobre el proyecto de divorcio administrativo, el profesional afirmó en Radio con Vos que la situación será aún más complicada porque “ni siquiera habría un profesional”. “Sería un funcionario, un empleado del registro, que te recibe. Cuando uno se casa todavía no está formada una familia; cuando uno se divorcia sí. Entonces disolver una sociedad conyugal es distinto que conformarla en un inicio. Pero, más aún, hay una serie de temas que se pueden resolver muy inmediatamente y que solamente se pueden llevar adelante si hay asesoramiento adecuado y si alguien acompaña en ese proceso, como es un juzgado, como son los abogados. Por ejemplo, las compensaciones. Hoy las mujeres no tienen derecho alimentario pero si tienen derecho a compensar la diferencia de su patrimonio frente al divorcio. Esa compensación tiene un plazo para reclamarla muy breve. Y si nadie los asesora en el momento que se están divorciando luego ese derecho se va a perder”, explicó el Dr. Frega. Además aseguró que hoy gracias a la reforma del Código Civil y Comercial divorciarse no tiene gran complejidad: “Se requiere que se haga una propuesta para ver cómo se dividen bienes, cómo se hace con los hijos… una propuesta que no es vinculante y con esa presentación el juez divorcia en un plazo muy breve. Pero hay una garantía: que si una de las partes es sujeto de violencia, hay alguien controlando. Hacia eso queremos ir. Lo económico es distinto a lo barato. Lo económico es aquello que con el menor esfuerzo se logra mejor resultado. Hoy la verdad que la simplificación que se logró con la reforma del Código Civil y Comercial alcanza para lograr la economía en el proceso de divorcio. Transformarlo en un mero trámite administrativo es realmente desproteger a la parte más vulnerable de la pareja”.

Consultado sobre qué cree que hay detrás de estos proyectos, el presidente del Colegio de Abogados de Morón manifestó: “algunos dicen que hay intereses sectoriales; otros dicen la presión de alguna persona que tiene mucho conocimiento con un sector como los escribamos; y otros dicen que es un ataque directo a los abogados… Yo creo que es que nosotros marcamos dónde está lo que es acorde a derecho, lo que es acorde a la Constitución, y dónde está lo que no. Y cuando alguien quiere ejercer el poder por encima de lo que nuestra Constitución dice, los abogados somos los que le podemos decir porque no. Entonces empezamos a molestar y pasamos a no ser tan queridos. Y esto es lo que pasó en general con muchos funcionarios en la historia, pero en este caso lo vemos con mayor fuerza”.

Finalmente, aseguró que de avanzar estos proyectos del Gobierno los abogados irán a la Justicia. “Ya la abogacía se está manifestando. Lo hizo en Santa Fe y próximamente vamos a hacer un encuentro en nuestro Colegio de Abogados de Morón con el objeto de convocar no solamente a los abogados, que ya sabemos que esta modificación no es correcta porque estamos convencidos que es un avance más sobre los derechos individuales y es otra forma más de vulnerar a las personas, sino a la comunidad; que participe la Justicia misma, el poder político, diputados, todas las personas que tiene alguna injerencia en este proceso”.

“La Justicia es el espacio donde el ciudadano individual tiene un lugar cuando falla todo lo demás, cuando falla el legislativo, el ejecutivo. Y los que lo acompañamos para que eso sea posible somos los abogados, entonces no vamos a relegar ese rol en aras de una supuesta simplificación inexistente. No vamos a quitarle las garantías a la gente para alguien diga ‘vieron que simplificamos, vieron que fácil que es’. Porque eso no es así”, concluyó el Dr. Frega en Poné Noticias.

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JUDICIALES

Nuevo incremento en las jubilaciones de los abogados de la provincia de Buenos Aires

La jubilación máxima asciende a $1.050.000, mientras que la básica normal trepó hasta los $350.000.

La Caja de la Abogacía determinó que, a partir del próximo cobro de haberes de sus pasivos, se incrementen los mismos en un 25%, siendo el máximo a percibir de un millón cincuenta mil pesos.

La jubilación básica normal asciende a $350.000 para los jubilados menores de 70 años, con incrementos de acuerdo al rango etáreo hasta $360.000 para quienes tengan ochenta años o más.

La pensión también aumentó su monto, será del 75% del haber jubilatorio que percibiere o le hubiere correspondido percibir al causante, de ésta manera, el monto de la pensión sobre la jubilación básica se fijó en $262.500.

 

 

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JUDICIALES

La Cámara Federal reconoce el interés jurídico y la legitimidad legal de la Caja de la Abogacía

Determinó que posee un interés jurídico suficiente para impugnar el DNU de Milei, ya que interfiere en el ejercicio de los letrados.

La Sala 3 de la Cámara Federal de La Plata revocó el fallo de primera instancia y determinó que La Caja de la Abogacía y COLPROBA poseen el interés jurídico y la legitimación activa para cuestionar la nulidad del decreto 70/2023.

El fallo, firmado por los jueces Carlos Alberto Vallefin, Roberto Agustín Lemos Arias y por el Secretario Federal Matias Alejo Godoy, cita que ambas instituciones demandantes ostentan un interés jurídico suficiente para impugnar el decreto de necesidad y urgencia firmado por Javier Milei, dado que afecta e interfiere en el ejercicio profesional de los letrados.

Así mismo, reconoce la legitimación activa tanto de la Caja de la Abogacía, como del Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires y ordena que se le dé adecuado trámite a la demanda.

En numerosas ocasiones, las entidades profesionales de la abogacía han concurrido a los tribunales en defensa de los derechos de sus matriculados y su legitimación para tales propósitos ha sido reconocida. En esa línea, la aptitud procesal de tales entidades para litigar en cuestiones vinculadas con la administración de justicia ha sido tradicionalmente convalidada”.

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